page title icon Maratek redacta el plan de gestión de residuos de construcción y demolición para la obra de reforma de una residencia de ancianos en Barakaldo (Bizkaia), para Vivid

En el equipo que conforma Maratek se encuentra una Arquitecta Técnica colegiada. Dentro de sus funciones, más allá de colaborar, con el resto de personal de la empresa, en el desarrollo de proyectos de ejecución, proyectos de actividad y realizar las labores de dirección de ejecución en obras, también redacta Planes de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición para empresas constructoras que así nos lo demandan.

El Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición se redacta en base al Estudio de Gestión de Residuos del proyecto de ejecución, de acuerdo con el Real Decreto 105/2008 por el que se regula la producción y gestión de los residuos de la construcción y demolición, así como con el Decreto 112/2012, de 26 de junio, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

En cada Plan se desarrollarán y complementarán las previsiones contenidas en función de los proveedores concretos y su propio sistema de ejecución de la obra. Adicionalmente, si se considera necesario, se modifican determinados aspectos relacionados con la identificación de los residuos realizada en el correspondiente Estudio de Gestión de RCD, con la finalidad de ajustarlos, lo máximo posible, a la realidad de la ejecución de cada obra.

El Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición tiene por objeto concretar las condiciones que se aplicarán para la gestión de los residuos de construcción y demolición generados durante la ejecución de la obra. A este fin, se designa en el Plan a una persona que hará las funciones de Técnico Medioambiental en obra, normalmente el jefe de obra, que será el responsable de la correcta ejecución del PGR durante la ejecución de toda la obra.

Por otro lado, todos los materiales derivados de las demoliciones y/o desmontajes, si los hubiera, y que se recojan en cada proyecto de ejecución, deberán gestionarse adecuadamente según los gestores autorizados incluidos en el Plan de Gestión de Residuos, de acuerdo con el principio de jerarquía contemplado en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

Igualmente y de acuerdo con el Decreto 112/2012, tras la finalización de las obras, la Dirección Facultativa de la obra, deberá confeccionar y entregar al promotor-productor el informe final de gestión de residuos (IFG) verificado por un Colegio Profesional, junto con la tabla del anexo III (D.112/2012) y los documentos acreditativos oportunos de toda la gestión realizada en obra, que habrá de haberle facilitado la/s Contrata/s.